Asesoría en casos de pensión por viudez
Información sobre los derechos y procedimientos para solicitar una pensión por viudez en el IMSS o ISSSTE.
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Asesoría en casos de negación de pensión
Ayuda para aquellos casos en los que la pensión ha sido negada y se requiere apoyo legal para apelar la decisión.
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Asesoría legal para pensiones
Orientación sobre los requisitos, trámites y procedimientos legales necesarios para solicitar y recibir una pensión por parte del IMSS o ISSSTE.
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Modalidad 40 IMSS: ¿Qué es y cómo saber si eres candidato?
Asesoría para proceso de pensión IMSS e ISSSTE
- Recepción de un servicio personalizado para el trámite.
- Acompañamiento por un asesor especializado durante todas las citas.
- Eliminación de vueltas innecesarias.
- Organización completa de su expediente.
Análisis detallado de su pensión actual y opciones para mejorarla a través de la Modalidad 40
- Cálculo estimado de su pensión actual.
- Estimación de cómo podría mejorar su pensión al ingresar a la Modalidad 40, incluyendo la cantidad a invertir y el tiempo estimado para recuperarla.
- Proceso de alta y baja en la Modalidad 40 con el acompañamiento de un asesor especializado (se requiere la presencia del interesado en todas las citas).
Recuperación de cuentas de SAR IMSS e ISSSTE
- Recepción de un servicio personalizado para el trámite.
- Acompañamiento por un asesor especializado durante todas las citas.
- Eliminación de vueltas innecesarias.
- Organización completa de su expediente.
Tipos de pensión
Pensión por Viudez y Orfandad
Pensión de Ascendencia
Pensión por Invalidez
Pensión por riesgo de trabajo
Pensión por vejez y por cesantía en edad avanzada
Pensión por Viudez y Orfandad
Para obtener esta pensión tiene que cubrir con los siguientes requisitos para ley 1973:
1. Haber cotizado en el periodo de ley antes mencionado.
2. Haber obtenido mínimo 150 semanas (no aplica para riesgo de trabajo).
3. Que se encuentre con derechos vigentes o en conservación de derechos al momento del fallecimiento.
4. Se podrá registrar a los hijos menores de 25 años que estén estudiando dentro del territorio nacional Mexicano.
1. Haber cotizado en el periodo de ley antes mencionado.
2. Haber obtenido mínimo 150 semanas (no aplica para riesgo de trabajo).
3. Que se encuentre con derechos vigentes o en conservación de derechos al momento del fallecimiento.
4. Se podrá registrar a los hijos menores de 25 años que estén estudiando dentro del territorio nacional Mexicano.
Pensión de Ascendencia
1. Se requiere tener mínimo 150 semanas de cotización.
2. Que no tenga beneficiarios como esposa e hijos.
3. Estar con derechos vigentes al fallecimiento.
4. Que se demuestre su dependencia económica de los padres.
2. Que no tenga beneficiarios como esposa e hijos.
3. Estar con derechos vigentes al fallecimiento.
4. Que se demuestre su dependencia económica de los padres.
Pensión por Invalidez
El asegurado que se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973
Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 Tener registradas ante el IMSS como mínimo, 150 semanas de cotización.
Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997
Si sólo cotizó después del 1 de julio de 19997. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 250 semanas de cotización, o bien, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo se requerirá que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.
Si cotizó del 1 de julio de 1997, tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización.
Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja,
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973
Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 Tener registradas ante el IMSS como mínimo, 150 semanas de cotización.
Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja
Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997
Si sólo cotizó después del 1 de julio de 19997. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 250 semanas de cotización, o bien, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo se requerirá que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.
Si cotizó del 1 de julio de 1997, tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización.
Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja,
Pensión por riesgo de trabajo
Este tipo de pensión es una prestación económica que te protege como trabajador, y que puedes acceder una vez que cumplas 60 años de edad.
Sin embargo, tiene distintas características y requisitos, que dependen del momento en el cual comenzaste a cotizar en el IMSS.
De acuerdo con el Instituto, para los que están bajo la Ley del IMSS de 1973 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1973), los requisitos son los siguientes:
-Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
-Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando desde tu fecha de baja.
Para los que están bajo la Ley del IMSS de 1997 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1997) entre los requisitos se encuentran:
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos mil semanas cotizadas ante el IMSS.
Sin embargo, tiene distintas características y requisitos, que dependen del momento en el cual comenzaste a cotizar en el IMSS.
De acuerdo con el Instituto, para los que están bajo la Ley del IMSS de 1973 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1973), los requisitos son los siguientes:
-Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
-Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando desde tu fecha de baja.
Para los que están bajo la Ley del IMSS de 1997 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1997) entre los requisitos se encuentran:
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos mil semanas cotizadas ante el IMSS.
Pensión por vejez y por cesantía en edad avanzada
Este tipo de pensión es una prestación económica que te protege como trabajador, y que puedes acceder una vez que cumplas 60 años de edad. Sin embargo, tiene distintas características y requisitos, que dependen del momento en el cual comenzaste a cotizar en el IMSS.
De acuerdo con el Instituto, para los que están bajo la Ley del IMSS de 1973 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1973), los requisitos son los siguientes:
-Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
-Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando desde tu fecha de baja.
Para los que están bajo la Ley del IMSS de 1997 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1997) entre los requisitos se encuentran:
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos mil semanas cotizadas ante el IMSS.
De acuerdo con el Instituto, para los que están bajo la Ley del IMSS de 1973 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1973), los requisitos son los siguientes:
-Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
-Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando desde tu fecha de baja.
Para los que están bajo la Ley del IMSS de 1997 (Régimen de la Ley del Seguro Social 1997) entre los requisitos se encuentran:
-Tener al menos 60 años al momento de presentar tu solicitud de pensión.
-Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
-Tener al menos mil semanas cotizadas ante el IMSS.