Tipos de Pensión

Pensión por Viudez y Orfandad

Para obtener esta pensión tiene que cubrir con los siguientes requisitos para ley 1973:

  1. Haber cotizado en el periodo de ley antes mencionado.
  2. Haber obtenido mínimo 150 semanas (no aplica para riesgo de trabajo)
  3. Que se encuentre con derechos vigentes o en conservación de derechos al momento del fallecimiento.
  4. Se podrá registrar a los hijos menores de 25 años que estén estudiando dentro del territorio nacional Mexicano.
  5. Hijos discapacitados.

Pensión de Ascendencia

  1. Se requiere tener mínimo 150 semanas de cotización
  2. Que no tenga beneficiarios como esposa e hijos
  3. Estar con derechos vigentes al fallecimiento
  4. Que se demuestre su dependencia económica de los padres

Pensión por Invalidez

El asegurado que se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del
recibido por el último año de trabajo siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973

Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997
Tener registradas ante el IMSS como mínimo, 150 semanas de cotización.

Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo
cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997

 Si sólo cotizó después del 1 de julio de 19997. Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 250 semanas
de cotización, o bien, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo se requerirá que
tenga acreditadas 150 semanas de cotización.

Si cotizó del 1 de julio de 1997, tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización.

Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo
cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja

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